UNA REFORMA QUE ATRASA

El gobierno de Milei vuelve a la carga con una obsesión histórica de las clases dominantes y de los monopolios imperialistas desmantelar el sistema sindical argentino.

A lo largo de la historia, varias veces diversos gobiernos han impulsado iniciativas para reformar y debilitar el poderoso movimiento sindical argentino. Intentos como la «ley Mucci» de 1984 que buscaba debilitar a los sindicatos, pasando por las reformas de flexibilización laboral de los años 90 bajo el gobierno de Menem que precarizaron el empleo y redujeron el alcance de la negociación colectiva; y más recientemente durante el gobierno de Macri atacando la representación y las obras sociales sindicales.

Cuestiones como los sindicatos únicos por rama, el derecho protectorio del trabajo, y la negociación colectiva, basados en muchos casos en cuerpos de delegados y comisiones internas en los lugares de trabajo dieron una fortaleza al movimiento sindical argentino distintiva en el mundo. Esto hace que la historia del movimiento obrero argentino sea muy valiosa, transformándolo en un factor fundamental en la vida política de nuestro país que impidió que ningún proyecto reaccionario se estabilice, ni siquiera la dictadura genocida con 30.000 desaparecidos.

Todo eso es lo que intenta destruir Milei, quieren que trabajemos en peores condiciones, hacernos trabajar más y ganar menos, destruir los sindicatos y desorganizar a la clase obrera argentina para poder hacer pasar su plan de entrega de los recursos naturales, superexplotación del pueblo argentino y subordinación a sus jefes imperialistas.

El gobierno presentó su proyecto de reforma laboral con el objetivo de tratarlo de manera express, y sacarlo rápido. Querian tratarlo y tenerlo aprobado en el congreso antes de fin de año, pero la contundente movilización convocada por la CGT el 18 de diciembre en la Plaza de Mayo y en muchas plazas del país cambió los planes. La patotera “ex ministra de represión” y ahora senadora Bullrich tuvo que anunciar ese mismo día que el tratamiento pasaba a febrero.

Nos preparamos con todo para seguir enfrentando esta reforma en las calles, y dar continuidad con un paro general cuando se trate en el congreso. Con unidad y el protagonismo de los trabajadores es posible derrotar este intento antilaboral, antisindical y antidemocrático de Milei.

Algunos de los puntos principales que propone modificar la ley presentada por el gobierno:

  • Indemnizaciones.

Las indemnizaciones serán más bajas. Se excluye del cálculo el aguinaldo, las vacaciones, los bonos y otros beneficios que no sean de pago mensual y podrán pagarse en hasta 12 cuotas.

Crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo que le permite a los empleadores aportar el 3% del salario de sus trabajadores a una cuenta de inversiones destinada a ser utilizada para el pago de indemnizaciones. El aporte del 3% se compensará con descuentos en el pago de cargas sociales, lo cual desfinancia aún más el sistema de jubilaciones.

Te van a poder echar pagándote menos, en cuotas y sin poner un peso porque te lo vas a pagar vos mismo con el 3% que dejas de aportar a la jubilación.

  • Horas extras

Vas a trabajar más hoy y la empresa te compensa cuando quiera, sin pago extra.

Se crea un “banco de horas” que permite que las horas extra trabajadas se acumulen como un saldo a favor del trabajador para ser compensadas con días libres o jornadas de trabajo reducidas. En la ley actual, las horas extra deben ser pagadas obligatoriamente con un plus del 50% para los días normales y del 100% los feriados y fines de semana.

También se habilita la posibilidad de que empresas y sindicatos amplíen de mutuo acuerdo la jornada laboral hasta un máximo de 12 horas (hoy el tope es de 8 horas).

  • Derecho a huelga

Retoman lo que habían impuesto en el DNU 70/2023, dictado por Milei a pocas semanas de asumir, que luego fue declarado inconstitucional por la Justicia. Esta vez a través de la Ley se impondrán servicios mínimos de hasta el 75 por ciento de la dotación a casi la totalidad de actividades en el caso de disponerse una huelga. Lisa y llanamente se prohibiría el derecho de huelga en la Argentina.

Enumeran una serie de “servicios esenciales” que no pueden brindar un servicio menor al 75% de su funcionamiento normal. La ley actual sólo considera esenciales a la salud, la producción y distribución de agua potable, energía eléctrica y gas y el control del tráfico aéreo. Y crean otra categoría de “servicios de importancia trascendental” que no pueden brindar una prestación menor al 50% de su funcionamiento normal.

  • Asambleas

Las asambleas de personal y los congresos de delegados no podrán afectar el normal desarrollo de la empresa y deben contar con autorización del empleador. El trabajador no cobrará por ese tiempo.

  • Vacaciones

La reforma propone una reorganización del régimen de vacaciones con mayor flexibilidad para empresas y trabajadores. Establece que el período anual deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque las partes podrán pactar fechas diferentes.

Se introduce la posibilidad de fraccionar las vacaciones en tramos nunca inferiores a siete días y se garantiza que cada trabajador pueda disfrutar vacaciones en verano al menos una vez cada tres años. También se regula el procedimiento en caso de interrupción por enfermedad, obligando a reprogramar los días pendientes.

  • Organización sindical

Se promueven los sindicatos por empresas por sobre los de actividad, categoría y/o profesión. Limita las tutelas gremiales (que es la protección de los representantes sindicales) sólo para algunos cargos titulares, y reduce la indemnización agravada para los representantes sindicales que no opten por la reinstalación.

  • Ultraactividad

Elimina el concepto de “ultraactividad”, que permite que un convenio colectivo de trabajo continúe vigente incluso después de su fecha de vencimiento, hasta que se negocie uno nuevo. Si se aprueba el proyecto, una vez vencidos los convenios perderán vigencia, a excepción de las normas referidas a las condiciones de trabajo.

Bajo la legislación actual, un convenio colectivo siempre prevalece sobre los convenios inferiores (el acordado en una empresa particular), salvo que éstos sean más favorables para el trabajador. La propuesta del gobierno dispone que los convenios de ámbitos menores siempre serán superiores a los colectivos, aunque fueran menos beneficiosos para los empleados.

Compartir nota:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Sobre nosotros

Somos la revista de la Juventud Comunista Revolucionaria ☭

Últimas notas

  • All Post
  • Ambiente
  • Arte
  • Barrios
  • Comunismo
  • Deportes
  • Economía
  • Educación
  • Internacional
  • Mujeres
  • Política
  • Quiénes somos
  • Secundarixs
  • Series
  • Sin categoría
  • Universidad